02.12.2020
Desde el año 2018 entró en vigor en nuestro país nuevas reglas que modifican aspectos relevantes en materia evaluativas. El documento que promueve estos cambios es el decreto 67 (MINEDUC, 2018) que aprueba normas mínimas nacionales sobre Evaluación, Calificación y Promoción de Escolares. Los objetivos del nuevo reglamento apuntan a lograr un mejor uso pedagógico de las evaluaciones y reducir los niveles de repitencia escolar, otorgando un mayor acompañamiento.
Si bien, inicialmente, fue un desafío para los establecimientos educacionales construir nuevos reglamentos de evaluación, este decreto apareció en un momento donde este ejercicio adquiere nuevos significados si consideramos el actual contexto de emergencia sanitaria mundial y la necesidad de impartir las clases en modalidad online.
Precisamente, con el objetivo de socializar la incidencia de este decreto el Instituto de Ciencias Religiosas de la PUCV, organizó un conversatorio que contó con la participación de los siguientes expositores: Nicole Abricot, coordinadora del Programa de Mejoramiento a la Formación del Profesorado de la USACH, Magíster en Educación mención Evaluación de Aprendizaje PUC y Candidata a Doctora en Educación PUC y Rodrigo Arriagada, Profesor de Religión y Moral, académico del Instituto de Ciencias Religiosas de la PUCV, Magíster en Educación mención Evaluación de la PUCV. Asimismo, la iniciativa fue moderada por la Dra. Jessica Medina, Coordinadora de Evaluación y Nivelación de la Unidad de Formación Inicial Docente PUCV.
Retroalimentar el Aprendizaje
“Evaluación para el Aprendizaje: Más allá del decreto 67” se tituló la ponencia de la profesora Nicole Abricot. En su ponencia, la académica expuso los desafíos que han tenido los/as docentes este año respecto a cómo evaluar formativamente, después del estallido social y en medio de una pandemia con clases a distancia. “¿Cómo se puede retroalimentar el aprendizaje de los estudiantes con el objetivo de que ellos aprendan los contenidos abordados en clases? Como mi área de estudio se focaliza en retroalimentación y educación formativa analizo particularmente el Artículo 4 de este decreto que dice que el proceso intrínseco de la enseñanza podrá usarse formativa o sumativamente”, informó la profesora. El Artículo 18 menciona los elementos que debería tener este reglamento creado en los colegios. Por ejemplo, aclarar las disposiciones respecto a la manera en que se promoverá que los alumnos conozcan y comprendan las formas y criterios con que serán evaluados. Esto implica que el estudiante debe entonces ser partícipe de una experiencia de aprendizaje que le va a permitir alcanzar este objetivo.
Para la profesional, el proceso de la evaluación como parte intrínseca de la enseñanza podrá usarse formativa y sumativamente, porque el docente necesita que el estudiante pueda percibir su aprendizaje y a partir de eso determinar el logro obtenido. “Independiente de si hay nota o no la hay, la nota es solo una marca. Lo que nosotros necesitamos saber es qué aprendió el alumno al final de esta experiencia”, explicó Abricot.
Decreto 67/2018 y Clases de Religión
Rodrigo Arriagada, académico del Instituto de Ciencias Religiosas PUCV, se refirió a cómo impacta este nuevo decreto en la clase de religión, y las oportunidades, a partir de este documento, de cómo se realza la evaluación formativa, para la clase de religión.
“El Artículo 7 ratifica el decreto 924 que regula lo que es la calificación en la clase de religión. Esto de que la calificación es un concepto de esta asignatura y que no incide en la promoción del estudiante”, expresó el académico. Este último aspecto, Arriagada no lo ve no como una desventaja, sino como una oportunidad, dado que otorga una mayor libertad al profesor de religión en relación con la evaluación formativa. Se reconoce y se evidencia creatividad en cuanto a las actividades y las formas de evaluar de los profesores de religión.
“También algo que impacta y favorece la evaluación, es que los profesores de religión que trabajan en establecimientos confesionales tienen un mayor respaldo. Esto facilita bastante la tarea de impartir la asignatura”, precisó el profesor.
En la práctica, tampoco el profesor de religión trabaja con la presión que provocan los resultados de las evaluaciones del SIMCE o de la misma PSU, obtenidos en su colegio.
Junto con la creatividad para preparar las clases existe una variedad de recursos que se utilizan a la hora de evaluar, desde análisis de películas, temas de dramatización, guías de trabajo, salidas a terrenos, etc. Asimismo, el académico resaltó la buena disposición que caracteriza al profesor/a de religión de acompañar a sus estudiantes.
Arriagada citó a variados autores estudiosos de esta materia, como es el Dr. José Luis Meza Rueda, quien plantea lo difícil que es evaluar en esta asignatura. “Evaluar en materias tan abstractas como son los procesos de fe o cómo se relaciona la trascendencia con los procesos que viven los jóvenes en el colegio, evidentemente, no es fácil”, puntualizó el profesor.
José Luis Meza Rueda habla de que los contenidos de esta asignatura deben ser vistos como un proceso y no como algo puntual al final de una unidad didáctica. “Así, como hay fortalezas, también existen debilidades, pero éstas nos permiten mejorar nuestras prácticas”, comentó Arriagada.
El académico indicó que, desde las evidencias que presenta el Sistema de Evaluación del Desempeño Profesional Docente (o Evaluación Docente) principalmente, se puede denotar que los profesores de religión manifiestan carencia en cuanto a la fiabilidad y validez de sus instrumentos de evaluación. Muchas veces se cumple con la formalidad de diseñar el documento que se ocupará para poder evaluar, pero se olvida destacar los objetivos del aprendizaje. “También se repite el enfoque tradicional, que se centra más en lo conceptual o que el alumno aprenda ciertos contenidos de memoria, perdiendo la evaluación un anclaje con la realidad y la vida cotidiana del escolar”, concluyó el profesor.
Por Natalia Cabrera Vásquez
Facultad Eclesiástica de Teología