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Prof. Juan Pablo Faúndez Allier dicta Lectio inauguralis de apertura del Año Judicial canónico 2023 de la Arquidiócesis de Santiago

Con la conferencia titulada “La necesaria distinción ética y jurídica en torno al bonum prolis, su exclusión y la paternidad responsable. ¿Conflicto irresoluble?”, el profesor de nuestra Facultad Eclesiástica y Director de la Cátedra de Derecho Canónico PUCV inauguró las actividades del Año judicial canónico de la capital de nuestro país, por especial invitación del Cardenal de la Archidiócesis de Santiago y de su Vicario judicial

El acto de inauguración del Año judicial se desarrolló en las dependencias del Palacio Arzobispal de la Archidiócesis de Santiago, y fue presidido por el Cardenal don Celestino Aós Braco, acompañado del Vicario judicial de la Archidiócesis, Pbro. Cristián Montes Ortúzar, y del presidente del Tribunal Nacional Eclesiástico de Apelación y presidente de la Asociación Chilena de Derecho Canónico, Pbro. Francisco Walker Vicuña.

Junto a las autoridades de la testera, fueron invitados especiales el Sr. Nuncio, Mons. Alberto Ortega Martín y el Sr. Secretario de la Nunciatura; el Decano de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Chile, Dr. Gabriel Bocksang Hola; la Delegada Episcopal para la Verdad y la Paz, Sra. Andrea Idalsoaga Montoya; y la Presidenta del Consejo Nacional de Prevención de Abusos, Dra. Ana María Celis Brunet, entre otros invitados que concurrieron a esta importante actividad.

El profesor Faúndez se refirió a un tema que está cada vez más presente en los matrimonios y en las familias de hoy, ante lo cual hizo un análisis en el que articuló la relación de mínimos y máximos entre derecho y ética. Como señala el Dr. Faúndez: “Estamos viviendo una etapa en la historia de la humanidad que da cabida a una nueva interpretación cultural del matrimonio y la familia, que, entre otros efectos, está generando un progresivo impacto directo en el modo de comprender la paternidad y la maternidad, y que incluso busca una redefinición de los criterios para aquello que hemos denominado como paternidad y maternidad responsables”. Y en esta realidad se refirió a ciertas paradojas que es posible reconocer, con las que se denota una clara contradicción entre la dimensión ética y la dimensión jurídica en torno al bonum coniugum (bien de los cónyuges) y la apertura a la vida, lo que debe ser repensado por nuestra Iglesia: “En esta esfera se da una paradoja por la que actos válidos, jurídicamente hablando, que no estarían afectando constitutivamente al bonum prolis, podrían ser consideradas, al mismo tiempo, como acciones claramente contrarias a la ética católica y, contrario sensu, acciones con aceptación moral podrían ser identificables como contrarias al derecho canónico”.

Por ello el profesor de Ética y Derecho Canónico de nuestra Facultad remarcó que: “Desde una apertura que partiendo necesariamente de un mínimo se abre hasta un máximo responsable y discernible por la gracia de estado matrimonial, la ética ha de marcar una orientación que ayude a interpretar no solo desde el formalismo de mínimos los requisitos del consentimiento matrimonial canónico, sino intentando persuadir acerca de los máximos de realización moral: iluminar por qué y para qué se tienen los hijos, a partir de su valor intrínseco. No solo para este mundo sino también para la vida eterna”.

Probablemente, este es uno de los ámbitos, el de la filiación, en los que más claramente el derecho puede ser persuadido por la ética, siendo necesario que eso ocurra y que aquellas paradojas ético-jurídicas se puedan esclarecer más allá que desde el punto de vista lógico, es decir, desde el punto de vista del sentido con el que el ser humano ha de comprender su existencia.