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Investigadora de la Escuela de Derecho PUCV

Laura Mayer Lux: “En Chile la Ley N° 19.223 no considera la figura de fraude informático, lo que es grave porque es el que más se comete en la práctica”.

Investigadora PUCv destacó lo importante que ha sido ser parte del equipo de investigación del Departamento de Derecho Penal y Derecho Procesal Penal de la Universidad.

06.08.19

La Licenciada en Ciencias Jurídicas de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso (PUCV), profesora de Derecho Penal de nuestra casa de estudios y Doctora en Derecho de la Universidad de Bonn, Laura Mayer Lux, ha consolidado una carrera como investigadora, la que comenzó en pregrado, cuando se desempeñó como ayudante del profesor Luis Rodríguez, en el área del Derecho Penal.

En este contexto, colaboró activamente como ayudante de investigación, en el ámbito de los delitos contra el patrimonio público y, posteriormente, participó como personal técnico de apoyo en proyectos FONDECYT del profesor Rodríguez. Asimismo, integró el equipo de investigación de un proyecto de la profesora Magdalena Ossandón, sobre delitos contra la vida. 

En su trayectoria profesional, destaca la distinción recibida el año 2012 a la mejor tesis doctoral del año, en la Facultad de Derecho de la Rheinische Friedrich-Wilhelms-Universität de Bonn, en Alemania, denominada "Die konkludente Täuschung beim Betrug" ("El engaño concluyente en el delito de estafa").

Para hablarnos de estos temas y de cómo tomó la decisión de transformarse en investigadora PUCV, la Dra. Mayer nos recibió en su oficina ubicada en la Casa Central de la Universidad, donde en una conversación franca y abierta, nos contó parte de los hitos más destacados de su trayectoria profesional.

¿Cómo se inicia este camino como investigadora de la Universidad?

Fue en la época donde era ayudante del profesor Rodríguez, quien me motivó para realizar un doctorado, que posibilitara dedicar parte de mi carrera profesional a la investigación. Así, postulé y me adjudiqué el año 2007 una Beca de Doctorado, ofrecida por el Servicio Nacional de Intercambio Estudiantil de Alemania (DAAD) y CONICYT. Esto me posibilitó ingresar a la Universidad de Bonn en 2008, donde – contrario a lo que me había recomendado el profesor Rodríguez de especializarme en derecho procesal penal – seguí la línea del derecho penal en materia de defraudaciones, específicamente, de las estafas.

En este sentido, no puedo dejar de mencionar algunos referentes del área que también me aconsejaron en su momento, como son los académicos José Luis Guzmán (UV) y Héctor Hernández (UDP), quienes me permitieron definir y precisar adecuadamente mi objeto de investigación. Además, es necesario destacar en este punto que las tesis doctorales en Alemania se vinculan a temas bastante acotados, por ello, la ayuda de estos profesores para delimitar claramente lo que quería investigar, fue muy importante.

¿Qué recuerda de sus primeros días en Alemania?

Fue una gran experiencia, ya que la Universidad de Bonn recibe cada año estudiantes de doctorado de todo el mundo y, en mi caso particular, jugó mucho a favor el manejo del idioma, el que aprendí en el colegio y, posteriormente, perfeccioné de manera particular mientras estudiaba Derecho en Valparaíso. Digo esto porque siempre fue uno de mis objetivos estudiar algún postgrado en Alemania y reconozco que cuando me propongo algo, toco todas las puertas necesarias para alcanzar la meta fijada.

De hecho, antes de comenzar a estudiar el doctorado, viajé a Bonn para conocer al profesor que quería fuera mi supervisor (Urs Kindhäuser) y, en este sentido, doy gracias de haberlo podido hacer, ya que tras conversar con él y darle a conocer mi propuesta de investigación, confirmé que estaba tomando una decisión correcta. Además, realicé este viaje porque consideré necesario que nos conociéramos y tener cierta sintonía en los intereses comunes, ya que trabajaríamos casi 4 años juntos. 

¿Cómo conoció al profesor que quería como supervisor?

Analicé las universidades en Alemania que eran fuertes en derecho penal, como Munich, Frankfurt y Bonn. Gracias al consejo del profesor Hernández, opté por contactarme con uno de los referentes en defraudaciones de la Universidad de Bonn, el profesor Kindhäuser, con quien trabajé durante mi doctorado.

En el ámbito de la estafa ¿cuál fue su objeto de investigación?

El engaño concluyente en la estafa – que algunos denominan engaño tácito -, que corresponde a la conducta del sujeto que comete el delito. En este punto, me gustaría destacar que este tema genera mucho debate desde la perspectiva doctrinal y jurisprudencial.      

¿Algún resultado interesante que le gustaría comentar de esta línea de investigación?

Esta línea me ha permitido generar una base teórica más sustantiva para la idea de engaño concluyente en el delito de estafa, sustentada en la filosofía analítica y del lenguaje, lo que ha posibilitado una nueva mirada a lo que, hasta ese momento, se había desarrollado bajo la idea de costumbre o de uso social. De esta manera, pude demostrar que la comunicación que se da entre los sujetos tiene ciertas características, relacionadas con la existencia de actividades que tienen un determinado sentido.

Fue así como pude aportar una definición de engaño concluyente, que permitió establecer diferencias con el engaño omisivo. Además, debo comentar que este tema es relevante en materia penal, ya que la omisión suele conllevar muchas dificultades dogmáticas.

¿Cómo fue su regreso a Chile?

El año 2012, una vez terminada mi tesis doctoral, me comuniqué con los profesores Luis Rodríguez y Guillermo Oliver, manifestándoles mi disponibilidad y deseo de trabajar en la PUCV. Tras esas conversaciones, se dio la coyuntura de que la profesora Magdalena Ossandón partía a un nuevo desafío laboral, lo que me permitió incorporarme a la Universidad, primero como profesora agregada y luego como académica planta de la Escuela.

¿Cómo continuó su carrera como investigadora en la PUCV?

Elaboré un proyecto en materia de estafa pensado en la realidad chilena, considerando que mi tesis doctoral había estado enfocada en la realidad alemana. Tras presentarlo logré adjudicarme mi primer FONDECYT (de Iniciación) el año 2012, que denominé “La delimitación del tipo penal de estafa en el ordenamiento jurídico chileno”.

En el desarrollo del FONDECYT ¿Qué diferencias encontró entre las realidades de Alemania y Chile?

Hay diferencias normativas importantes, porque la forma en que se tipifican los delitos es distinta. A ello se suma la diferencia en las fuentes a citar, donde encontré la particularidad de contar con un número bastante pequeño de autores que publican en Chile sobre el delito de estafa, escenario muy diferente al alemán, donde llega a ser agobiante la cantidad de bibliografía existente sobre el tema. Me gustaría destacar que en este proyecto FONDECYT lo más relevante fue aportar la idea de engaño concluyente aplicada a la realidad nacional, tema que publiqué en la Revista Chilena de Derecho el año 2014, bajo el título “El engaño concluyente en el delito de estafa”.

¿Qué otras publicaciones se generaron respecto de esta investigación?

Además del artículo sobre el engaño concluyente, publiqué con la profesora Inês Fernandes Godinho un artículo sobre la estafa como delito económico. También desarrollé con la profesora Lorena Carvajal una publicación sobre la estafa de seguros. Asimismo, publiqué sobre la delimitación entre la estafa y la falsificación de instrumento privado, tema relevante para el medio nacional. Igualmente, elaboré un artículo sobre el ánimo de lucro en los delitos contra intereses patrimoniales. En síntesis, este proyecto me permitió generar 5 artículos publicados en prestigiosas revistas en el ámbito del Derecho, en temas vinculados con el delito de estafa.

Una vez terminado su FONDECYT de Iniciación ¿realizó una nueva postulación?

Al finalizar este proyecto, me propuse concretar una idea que me venía rondando hace años y que se relacionaba con volver a hacer algo más acotado a la Universidad de Bonn, principalmente, porque las condiciones para investigar allá en mi área de trabajo son insuperables. Fue así como postulé a una beca postdoctoral de la Fundación Alexander von Humboldt, para trabajar temas asociados al cybercrimen, sus aspectos criminológicos y el bien jurídico tutelado. Esto me permitió hacer una estancia de 8 meses, que comenzó a mediados de 2015.

¿Cómo se suma la tecnología a sus líneas de investigación?

En materia de estafas, existen relaciones fuertes con otros temas, como el cybercrimen. En ese sentido, el fraude o estafa informática fue una derivación natural de las investigaciones realizadas hasta esa fecha. En Alemania existe una regulación que distingue la estafa realizada respecto de una persona natural, de la manipulación informática realizada en contra de un sistema informático. 

En Chile, tenemos la Ley N° 19.223 que regula los delitos informáticos. Desde su promulgación, el año 1993, se ha generado investigación científica en torno a ella, incluso en los años 90’ se habló mucho que nuestro país era pionero en la materia. No obstante, el mayor problema que tiene esta ley es que, desde la perspectiva penal, no regula el fraude informático como tal. En ese sentido, está más enfocada en regular el espionaje y sabotaje informático, no considerando una figura de fraude informático propiamente tal, lo que es grave, porque éste es el que más se comete en la práctica.

Entonces ¿Cómo se regula el fraude informático en Chile?

Recurriendo a otros delitos informáticos, lo que obviamente no es satisfactorio. Incluso se debate si corresponde aplicar las regulaciones de la estafa tradicional, lo que también genera problemas. En síntesis, presenta problemas desde el punto de vista de la regulación y, al mismo tiempo, desde la perspectiva del trabajo científico, generando un vacío doctrinal en la materia.

¿Qué aportó a esta discusión su nueva estadía en Alemania?

Me permitió desarrollar las bases para un futuro trabajo en Chile relativo a la criminalidad informática. Para ello, trabajé allá el bien jurídico o el objeto de protección – lo que no queremos que sea vulnerado por los delitos informáticos – y los aspectos criminológicos de este sector de la criminalidad. Esto me permitió preparar un proyecto FONDECYT Regular que me adjudiqué el año 2016, denominado “Los delitos informáticos en el ordenamiento jurídico chileno: análisis dogmático y crítico, y propuestas de lege ferenda”.

¿Cuál es el principal aporte de este nuevo trabajo de investigación?

Al trabajar específicamente los delitos informáticos en particular, surgen propuestas a partir del análisis dogmático, político criminal e incluso de reformas legislativas sobre espionaje, sabotaje y fraude informático. En la actualidad, me encuentro trabajando en este proyecto y siento que será un aporte desde el punto de vista del Derecho penal, para la discusión que se está generando en torno a una futura reforma a la normativa chilena vigente y que permitirá dar respuestas efectivas a los aspectos deficitarios de la Ley N° 19.223.

También hay que considerar que Chile se integró al convenio internacional de cyber delincuencia, que busca que exista una base común en torno a la regulación de estos delitos y, al mismo tiempo, propone medidas de cooperación tendientes a que los delitos informáticos sean vistos de manera similar en los países suscritos a este acuerdo.

¿Esto es bastante relevante para enfrentar de buena manera el cybercrimen, verdad?

Considerando que el cybercrimen tiene una dimensión transnacional y que los sujetos que realizan ataques informáticos podrían estar al otro lado del mundo, es necesario para una persecución penal efectiva que haya cooperación entre los Estados. En síntesis, estamos en un período de discusión sobre una reforma legislativa en la materia, que busca establecer mecanismos de protección más eficaces que los que hoy entrega la Ley N° 19.223.  

¿Qué puede hacer la ciudadanía para protegerse mientras se discute esta reforma?

La respuesta, si bien excede mi campo de competencias como investigadora, está relacionada con el concepto de ciberseguridad que, por ejemplo, promueve el uso de antivirus, cuidarse de mensajes solicitando cambios de clave o limitar el uso de internet a redes seguras. Considerando que el Derecho penal llega cuando el delito ya fue cometido, es necesario tomar este tipo de medidas a modo de precaución y, por supuesto, fomentar la educación informática en la ciudadanía, teniendo en cuenta que estos delitos van en aumento.

Finalmente, ¿hay algo que le gustaría comentar de su carrera como investigadora y que no le haya preguntado?

Solo quisiera agregar que mi carrera como investigadora PUCV ha sido muy positiva, principalmente, porque he tenido condiciones idóneas para generar conocimiento en el ámbito del Derecho. Con ello, quiero destacar lo importante que ha sido ser parte del equipo de investigación del Departamento de Derecho Penal y Derecho Procesal Penal de la Universidad, integrado por profesores de vasta experiencia en investigación jurídica y que fomentan el trabajo colaborativo en equipo.

De esta manera, la investigación se potencia con el ambiente en que se realiza y se fortalece gracias al apoyo personal y profesional de mis colegas, que es algo digno de destacar. Sin duda alguna, me siento orgullosa de pertenecer a este equipo.

Igualmente, quisiera agradecer a las autoridades de la Universidad, quienes, desde el área de investigación, me han apoyado cada vez que he manifestado interés por seguir perfeccionándome y contribuir a la generación de conocimiento fuera del país. Por todo lo anterior, solo resta decir que me siento afortunada de pertenecer a una Universidad sólida y de tanto prestigio como es la PUCV.       

Por Marcelo Vásquez, Periodista VRIEA PUCV