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Convención de Derechos de la Niñez: 30 años de un compromiso incumplido

Por Yesika Herrera y Claudia Espinoza, académicas de la Escuela de Trabajo Social PUCV.

Lunes 24 de agosto de 2020

Convención de Derechos de la Niñez: 30 años de un compromiso incumplido - Foto 1

24.08.2020

El 14 de agosto pasado se cumplieron 30 años desde que Chile ratificó oficialmente la Convención de Derechos de la Niñez (CDN), momento que nos conmina a avanzar precisamente desde un enfoque de derechos. A tres décadas de dicho compromiso, podemos observar que esto sólo se ha cumplido a nivel declarativo y con grandes problemas a nivel práctico, sin permear de manera profunda las lógicas culturales e institucionales, como queda en evidencia al observar la situación de la niñez en la comunidad mapuche, en aquellos niños que viven en zonas de sacrificio como Quintero y Puchuncaví y en los niños y adolescentes que siguen siendo objeto de violencia física y sexual, como lo representa dramáticamente la muerte de Ámbar. 

Si bien se identifican avances programáticos en el desafío del Estado por responder a este nuevo marco normativo, expresados por ejemplo en la Política Nacional de la Niñez y Adolescencia 2001-2010 y la correspondiente al periodo 2015 – 2025, orientadas a superar la fragmentación y descoordinación de un sistema de atención a la niñez por ministerios y servicios, las mejoras se evidencian principalmente en el trabajo orientado a la primera infancia, destacando en esta lógica de articulación e integración el programa Chile Crece Contigo, el que ha logrado poner como foco de atención el desarrollo integral de niños y niñas, incorporando los riesgos asociados a las etapas del curso de vida y la necesaria articulación de los recursos locales para su gestión y logro.

Sin embargo, en la forma regular de abordaje de los temas de niñez y juventud siguen primando lógicas que ponen en cuestión los principios fundamentales de la CDN como: el interés superior del niño y niña;  la no discriminación; el derecho a la vida, la supervivencia y el desarrollo y; la participación infantil. A diario, podemos observar como la relación con niños y niñas está marcada por concepciones relacionadas a minoridad, objeto de protección, inferioridad, peligrosidad si está en condiciones de pobreza o en su contrario, aparece como material de sueños, idealidades y proyectos políticos contingentes, como el eslogan: “Los niños primero”.

La yuxtaposición de perspectivas de derecho y perspectivas tutelares sustentadas en la minoridad produce una matriz híbrida sobre la que el Estado de Chile erige su propuesta para dar cabida a las exigencias internacionales. Lo que repercute por ejemplo en la agudización de la crisis del Servicio Nacional de Menores (SENAME) o en la sobre exigencia que deben realizar los profesionales de organismos colaboradores, quienes a nivel local y demandados por atenciones de vulneraciones de derechos cada vez más complejas, deben gestionar las integraciones y colaboraciones.

El Comité de Derechos de la Niñez de Naciones Unidas ha emitido un juicio categórico sobre nuestro país: las grandes vulneraciones se producen por cuatro causas estructurales que han favorecido las graves y sistemáticas situaciones ocurridas: la visión tutelar de la infancia; una incorrecta interpretación del carácter subsidiario del Estado; la excesiva judicialización del sistema; y la insuficiencia de recursos humanos, técnicos y financieros en el sistema.

En tal sentido, observamos con preocupación cómo a partir de la implementación de la Ley Nº 20.032, cuyo objetivo es regular la forma y condiciones en que SENAME subvencionará los programas y líneas de acción ejecutadas principalmente por organismos colaboradores, ha profundizado la lógica economicista en la atención de niños, niñas y jóvenes que viven vulneraciones de derechos. Bajo la retórica de evitar el mal uso, malversación o apropiación indebida de los recursos económicos del Estado se ha construido una práctica discursiva centrada en la dimensión económica por sobre la dimensión técnica de los profesionales, calidad y sentido profundo de la intervención.

La argumentación de cambios en la medida de lo posible habla de la ausencia de voluntad política para avanzar de forma sustantiva en la deuda que tenemos con los niños, niñas y jóvenes, un marco legal como la ley de protección integral aporta a un quehacer más coordinado y coherente conforme a los principios éticos y metodológicos que plantea la CDN.

Esto sin duda necesariamente tiene que estar en diálogo con el reconocimiento de la responsabilidad de todos los sectores de la sociedad para actuar como garantes y co-garante de derechos, apostando a la construcción de entornos protectores y de protagonismo al mismo tiempo. El Estado, debe procurar favorecer cambios culturales necesarios para fortalecer la construcción de sujetos de derechos con lógicas de cuidado colectivo, de respeto mutuo, con relaciones de buen trato entre todos y todas.  Esto es considerar el cambio cultural que implica valorar a las niñas, niños y jóvenes como sujetos que tienen validez en el presente y no sólo como una apuesta a futuro.

Finalmente, es relevante explicitar que la garantía de derechos de la niñez, considerando con especial relevancia la participación infantil, no sucede por azar. Es necesario el condicionamiento de los escenarios políticos, económicos y socioculturales, desde las concepciones mismas de la democracia, en el sentido de revisar cómo el sistema político y económico de nuestro país, considera y genera condiciones de vida digna para todas las personas. 

Dirección General de Vinculación con el Medio

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