Ir a pucv.cl

Profesor Manuel Núñez expone ante Comisión de Cultura, Artes y Comunicaciones de la Cámara de Diputados

El académico del Departamento de Derecho Público tomó parte en la sesión del martes 25 de septiembre.

25.09.2018

Con el objeto de entregar su visión respecto a cinco proyectos de reforma a la Constitución que involucran a los pueblos indígenas,  el director de la Escuela de Derecho, Manuel Núñez Poblete fue invitado por la Comisión de Cultura, Artes y Comunicaciones de Cámara Baja, en su calidad de profesor de Derecho Constitucional.

Los proyectos que abordó el profesor Núñez fueron los siguientes a) Moción que reconoce a los pueblos originarios y el carácter multicultural de la nación chilena (boletín N° 10281-07); b) Reforma constitucional sobre patrimonio histórico cultural de la nación (boletín N° 10093-07); c) Reforma constitucional que consagra dominio público sobre los recursos genéticos y reconoce derechos sobre conocimientos a comunidades indígenas (boletín N°8751-07); d) Que establece reforma constitucional que consagra el respeto por la lengua castellana y los idiomas de los pueblos originarios de Chile (boletín N° 7208-07); y  e) Que modifica el artículo 19 N° 25, de la Constitución Política, con el objeto de establecer como deber del Estado, la protección del patrimonio natural y cultural (boletín N° 7181-07).

Al respecto, el académico de nuestra Escuela señaló que “una reforma constitucional significativa en materia de cultura, no sólo reconoce la existencia y el deber de proteger, sino también reconoce que el deber de proteger se hace efectivo a través de mandatos al legislador para poder limitar ciertos derechos”. Agregó también que “no es conveniente el identificar –a propósito del reconocimiento de la multiculturalidad- cuáles son esos pueblos indígenas, porque con esto se impide que el legislador pueda posteriormente reconocer otros pueblos distintos”.

En cuanto a los elementos que deben tenerse en consideración a la hora de legislar esta materia, el profesor Núñez indicó que un primer parámetro son los acuerdos del  Proceso Constituyente Indígena realizado en el año 2017, mientras que un segundo parámetro es lo que dicen los tratados de derechos humanos, el Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, el Convenio sobre Diversidad Biológica de Naciones Unidas, y la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de UNESCO.

“El producto del proyecto de reforma constitucional que salga de esta comisión, no debe « bajar la vara» de los acuerdos del año pasado, ni la vara de los tratados internacionales ratificados por Chile que se encuentren vigentes, y que le dan a los pueblos indígenas -por una parte- el derecho a vivir de acuerdo con su cultura, y fijan el deber del Estado a que esa cultura sea respetada y sea positivamente protegida”, indicó.

Por Pedro Martínez Muñoz

Derecho PUCV